Servicios en comunicación Intercultural

Frente al autogolpe y crisis institucional de Venezuela

CNDDHH  en el Perú se pronunció en rechazo de decisión del Tribunal Supremo de Venezuela que ha asumido las competencias del Parlamento y despojado de sus facultades constitucionales a la Asamblea Nacional. 

Servindi, 31 de marzo, 2017.- Frente a la situación política que en estos momentos  atraviesa Venezuela, la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH) de Perú rechazó la decisión del Tribunal Supremo de Venezuela de despojar de sus facultades constitucionales a la Asamblea Nacional. 

El organismo consideró que el hecho es "una grave transgresión a los principios de soberanía e independencia de poderes" y advirtió, desde la experiencia peruana del autogolpe de 1992, que "situaciones de esta naturaleza conducen a la quiebra de los sistemas democráticos y restringen el ejercicio de los derechos y libertades de las personas".

De igual forma invocó a la Organización de Estados Americanos (OEA) para que implementen la carta democrática a Venezuela. 

A continuación reproducimos el comunicado de la CNDDHH respecto a la situación del vecino país.

Comunicado

FRENTE AL AUTOGOLPE Y CRISIS INSTITUCIONAL DE VENEZUELA

La Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH) rechaza la reciente decisión del Tribunal Supremo de Venezuela, que ha despojado de sus facultades constitucionales a la Asamblea Nacional, incurriendo en una grave transgresión a los principios de soberanía e independencia de poderes, condiciones irrenunciables para una democracia.

El progresivo y profundo debilitamiento de la democracia venezolana constituye una preocupación constante del movimiento de derechos humanos peruano, en tanto esta es condición fundamental para la vigencia irrestricta de todos los derechos humanos para todas las personas. En este sentido denunciamos la eliminación de la inmunidad parlamentaria de los diputados, así como el declararlos en desacato con la posible tipificación de “traición a la patria”, mientras el mismo Tribunal Supremo otorga facultades ilimitadas al presidente de la República.

Por la experiencia vivida en el Perú, conocemos suficientemente que situaciones de esta naturaleza conducen a la quiebra de los sistemas democráticos y restringen el ejercicio de los derechos y libertades de las personas.

Hacemos un llamado a la Organización de Estados Americanos para que implementen la carta democrática,  que se consensuen las medidas democráticas necesarias para afrontar la crisis y se respeten las garantías constitucionales a fin de recuperar la democracia y el Estado de Derecho. Asimismo, exhortamos a la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC) y a la UNASUR a pronunciarse sobre la grave situación por la que atraviesa el país hermano de Venezuela.

Coordinadora Nacional de Derechos Humanos

30 de marzo del 2017

Valoración: 
0
Sin votos (todavía)

Comentarios

El poder judicial asume las funciones del Parlamento por su desacato, esta ajustada a derecho, el poder judicial sustenta sus decisiones en los artículos 335 y 336 de la constitución, que define los limites y competencias de la labor del TSJ, entre ellas dirimir las diferencias entre los poderes públicos. "Es una sentencia controversial pero es una sentencia ajustada a derecho. Es una sentencia en donde la sala constitucional hace valer las competencias que le establece el articulo 335 y 336 de la constitución de la república Bolivariana de Venezuela. En uso de esas facultades constitucionales y ante la decisión del parlamento de "desacatar las decisiones de la sala constitucional es perfectamente posible que alguno de los poderes, y el mas indicado es el poder judicial, debe establecer la manera de ordenar el estado". Hay que revisar con detenimiento la sentencia del TSJ. No se percibe, por ejemplo, que haya en esa sentencia, ninguna intención de dar un golpe de estado (...) la Asamblea Nacional no a sido disuelta, simplemente algunas de sus funciones, para poder desarrollar el Estado de derecho, van a ser ejercidas por la Sala Constitucional ante una situación de desacato. La Sala Constitucional emitió el pasado miércoles una sentencia en la que advierte que mientras persista la condición de desacato de la AN la citada instancia del máximo tribunal del país "garantizara que las competencias parlamentarias sean ejercidas directamente por esta sala o por el órgano que ella disponga para velar por el Estado de Derecho". El dictamen indica que ante el desacato del Parlamento, los actos y decisiones de este poder publico son nulos y no tienen valides jurídica. Los partidos de derecha, desde la campaña para las eleciones parlamenterias de 2015, prometieron a sus ganadores que si ganaban los comicios usarian el Poder Legislativo par motorizar ungolpe de Estado y propiciar una alteración del orden constitucional.

ENTENDEMOS QUE AN FUE EL INICIADOR DEL DESACATO EN EL MEJOR ENTENDER,ADEMÁS ENTENDEMOS TAMBIÉN QUE LA AN ES UNA ENTIDAD NO COLEGIADA,COMPUESTA DE GENTE OPORTUNISTA POLÍTICAMENTE Y MAL ENGENDRADA EN UNA DEMOCRACIA COLONIALISTA CON LEYES EN FAVOR DEL OPRESOR COMO SE VIVE EN EL PERÚ,O ACASO TENEMOS UNA COMISION PARCIALISADA CON EL CAPITALISMO;EN CAMBIO EL TSJ ESTA COMPUESTA POR PERSONAS DE CARRERA CON ALTA ESPECIALIDAD.

Añadir nuevo comentario

CAPTCHA
This question is for testing whether or not you are a human visitor and to prevent automated spam submissions.