Servindi, 24 de abril, 2022.- Después de una larga batalla e ignorada por gobiernos anteriores la Central Única Nacional de Rondas Campesinas del Perú (CUNARC-P) fue oficialmente incluida en la Base de Datos de Pueblos Indígenas u Originarios (BDPI) a cargo del Ministerio de Cultura.
Con su inclusión en la BDPI, la organización nacional rondera es considerada como organización representativa de pueblos indígenas, posibilitando su participación política y en procesos de diálogo.
El anuncio se efectuó el domingo 23 de abril en la provincia de Juliaca, Puno, evento que estuvo a cargo de la organización ronderil, y del que participó Rocilda Nunta Guimaraes, viceministra de Interculturalidad y numerosos dirigentes de los comités regionales y provinciales base de la CUNARC-P.
“Hoy es un día histórico, hermanos. Porque estamos aquí reunidos para oficializar la incorporación de la Central Única Nacional de Rondas Campesinas del Perú (CUNARC-P) a la Base de Datos Oficial de Pueblos Indígenas u Originarios” dijo Rocilda.
“Con ello serán partícipes en la elaboración de las políticas públicas del Estado. Es el inicio de una nueva historia para ustedes", sostuvo la viceministra de Interculturalidad.
La funcionaria indígena estuvo acompañada de Wilwer Vilca, director de la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas y Magdalena Monrroy, representante de la Base de Datos Oficial de Pueblos Indígenas u Originarios.
En representación del ministro de Cultura Alejandro Salas la viceministra entregó el informe técnico que sustenta la inclusión, así el oficio respectivo dirigido al presidente de la CUNARC-P Santos Saavedra.
El presidente de la CUNARC-P Santos Saavedra, agradeció y felicitó al Ministerio de Cultura por este reconocimiento a la organización que representa y que agrupa a más de mil bases a nivel nacional.
Cabe indicar, que el citado informe fue resultado de un trabajo conjunto, en el marco de un diálogo permanente entre especialistas del sector Cultura y representantes y equipos técnicos de la CUNARC-P.
El informe efectúa un análisis técnico territorial, el cual permitió evidenciar la representatividad indígena u originaria de la CUNARC-P, siendo esta una organización que agrupa a diversas rondas campesinas, descendientes de los pueblos originarios e indígenas, a nivel nacional.
Con esta incorporación las instituciones públicas y entidades privadas toman conocimiento de la identificación de CUNARC-P como organización representativa de pueblos indígenas u originarios a nivel nacional.
De esa manera, se les debe garantizar su derecho a la plena participación en diversos procesos y espacios de diálogo con las instituciones públicas en los tres niveles de gobierno.
Cabe remarcar que la BDPI es una fuente de información para los distintos niveles de gobierno, en la elaboración y desarrollo de políticas públicas relacionadas con los pueblos indígenas u originarios que habitan en el territorio nacional.
Asimismo, desde el día de ayer la CUNARC-P está incluida en la BDPI.
Santos Saavedra y Rocilda Nunta. Foto: Cunarc-P
Datos
- El Ministerio de Cultura, a través del Viceministerio de Interculturalidad (VMI), ejerce la función exclusiva en materia de identificación y reconocimiento de pueblos indígenas u originarios, en el marco de su acción en aras de la pluralidad étnica y cultural de la Nación.
- De acuerdo al artículo 20 de la Ley N° 29785, Ley de Consulta Previa, el VMI tiene a su cargo la Base de Datos Oficial de Pueblos Indígenas u Originarios (BDPI). Cabe precisar que dicho instrumento está referido a pueblos indígenas u originarios del país, de conformidad con los criterios de identificación de dichos pueblos establecidos en el Convenio 169 de la OIT y la Ley N° 29785, Ley de Consulta Previa.
- Según el artículo 1 de la Ley N° 29708, Ley de Rondas Campesinas, las rondas campesinas son formas autónomas y democráticas de organización comunal, pueden establecer interlocución con el Estado, apoyan el ejercicio de funciones jurisdiccionales de las Comunidades Campesinas y Nativas, colaboran en la solución de conflictos y realizan funciones de conciliación extrajudicial conforme a la Constitución y a la Ley, así como funciones relativas a la seguridad y a la paz comunal dentro de su ámbito territorial. Los derechos reconocidos a los pueblos indígenas y comunidades campesinas y nativas se aplican a las Rondas Campesinas en lo que les corresponda y favorezca.
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