Servindi, 22 de marzo, 2010.- Representantes de diversas instituciones como la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la Defensoría del Pueblo, CONACAMI y Oxfam América coincidieron en que los derechos enunciados en la Declaración de la ONU sobre derechos indígenas son obligatorios y exigibles para el país.
Esta fue una de las conclusiones más importantes del Foro, realizado el jueves en el principal auditorio del Colegio de Abogados de Lima, auspiciado por la organización internacional Oxfam América con el apoyo conjunto de Servicios en Comunicación Intercultural Servindi.
Los funcionarios y especialistas resaltaron la importancia de este documento para lograr el respeto hacia los pueblos originarios y la responsabilidad que tiene el gobierno por hacer prevalecer sus derechos fundamentales basándose en normas internacionales.
Estuvieron en la mesa de expositores Alicia Abanto, Jefa del Programa de Pueblos Indígenas de la Defensoría del Pueblo; el ex vicepresidente del Tribunal Constitucional, Magdiel Gonzáles; el especialista de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), Xavier Beaudonnet y el presidente de la Confederación Nacional de Comunidades Afectadas por la Minería (CONACAMI), Mario Palacios.
Por las entidades organizadoras participaron Francesco Boeren, Coordinador de Oxfam Internacional y Jorge Agurto, director de Servindi.
El evento dio inicio con las palabras de la jefa del Programa de Pueblos indígenas de la Defensoría del Pueblo, Alicia Abanto, quien explicó la labor y compromiso que tiene su institución por trabajar a favor de los pueblos originarios.
La Defensoría tuvo en sus inicios un Programa de Comunidades Nativas, que posteriormente fue ampliado como Programa de Pueblos Indígenas.
El programa tiene como función promover el respeto y protección de los derechos de los pueblos indígenas y comunidades nativas, así como promover la capacidad de interlocución de éstos ante el Estado. Una de las acciones últimas ha sido formular una propuesta de ley marco sobre el derecho a la consulta.
El constitucionalismo de los derechos fundamentales
A su turno, el constitucionalista Dr. Magdiel Gonzáles explicó que la Declaración contiene principios fundamentales como el de igualdad y libre determinación que están de alguna manera en nuestra Constitución Política.
La Declaración ha integrado los derechos de los pueblos para hacer más fácil su manejo. A estos tenemos derecho la mayoría de peruanos que tenemos raíces indígenas, y podemos hacerlos exigibles por medio de la Constitución Política, sostuvo Gonzáles.
Gonzáles destacó que el derecho de los pueblos y comunidades indígenas es ancestral, y es incluso anterior al propio Estado peruano. En ese sentido, afirmó que el cumplimiento de los principios de la Declaración son obligatorios y que el Gobierno debe implementar los mecanismos jurídicos para esto.
Observó, por ejemplo, que la propiedad territorial de las comunidades no es el viejo concepto de "propiedad" del derecho romano que conocemos. "Tal propiedad es diferente y tiene mayores ventajas y fortalezas" y "el Estado no la puede desconocer, expropiar, conceder" afirmó el constitucionalista.
En los procesos de consulta las comunidades no deben resignarse a recibir limosnas sino negociar condiciones que les permitan acceder a la titularidad de las inversiones y de esta manera influir en las decisiones para evitar el daño a sus territorios, aseveró.
Sobre el Convenio 169 de la OIT Gonzáles señaló que no es un convenio cualquiera, sino que se refiere a la vida y al ambiente, dos derechos fundamentales de nuestra estructura constitucional. Y reiteró que para aplicarse no requiere necesariamente de una ley marco, porque los derechos se cumplen si o sí, dijo Gonzáles.
Magdiel también observó que la actual Constitución Política reconoce los "derechos implícitos", es decir aquellos derechos que aún no estan ni en la Constitución ni en las leyes "pero que surgen de los principios de la soberanía del pueblo, del estado democrático de derecho y la forma republicana de gobierno".
Finalmente, hizo un llamado a leer y conocer la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas desde una perspectiva y en el marco constitucional, porque vamos a ver que muchos de esos derechos están contenidos y lo que falta es exigirlos y reclamarlos.
Convención y Declaración se complementan
Xavier Beaudonnet, especialista de la OIT destacó que el Convenio 169 de la OIT es complementario con la Declaración de la ONU por cuanto comparten objetivos comunes en materia de derechos humanos.
Ambos reconocen que los pueblos indígenas son sujetos de derechos y tienen la capacidad de decidir sus propias prioridades de desarrollo. Asimismo, "ambos buscan reconocer el derecho humano a la igualdad, pero una igualdad muy especial, pues supone que el Estado reconozca las diferencias", dijo.
Del mismo modo, ambos son esencialmente instrumentos de diálogo y fijan mecanismos para hallar consensos. "Creo que la mejor manera de aplicar la Declaración es empezar a aplicar el Convenio 169 de la OIT", afirmó el especialista de la OIT.
Bueaudonnet reconoció que la Declaración tiene más derechos que los contenidos en el Convenio 169 OIT y en algunos temas la Declaración parece ir más allá que el propio Convenio.
En el tema de consulta hay una convergencia entre ambos instrumentos, y es muy claro que este derecho no significa el derecho a veto, pero obliga al Estado a hacer todo lo posible por llegar a un consenso de buena fe con los pueblos consultados.
Se trata de instrumentos insternacionales de naturaleza jurídica distinta y no hay ninguna duda sobre la fuerza jurídica y obligatoriedad del Convenio 169 para los Estados que lo han suscrito como es el caso del Perú.
Si bien la Declaración no es un tratado ni está sujeta a ratificación, hay posiciones interesantes frente a ella, como la del Relator James Anaya, que sostiene que la Declaración recopila derechos contenidos en otros instrumentos internacionales que sí son vinculantes.
Una diferencia es que la Declaración es universal y adoptada para la humanidad en su conjunto, mientras que el Convenio hasta ahora ha sido ratificado por veinte países.
Xavier Beaudonnet puso finalmente énfasis en la necesidad de respetar el Convenio 169 de la OIT, al mencionar que debe existir una seguridad jurídica para el Estado, los empresarios y “por qué no para los pueblos indígenas”.
Sobre las observaciones de la Comisión de Expertos de la OIT al Estado peruano Beaudonnet señaló que no son condenas ni sentencias judiciales, pero "esto no quita que tengan peso jurídico".
Se trata de observaciones formuladas por un órgano relevante formado por veinte juristas de alto nivel, y que ha sido creado por un organo de gobierno como la Asamblea General de la OIT, precisó.
Para los indígenas la Declaración es exigible y obligatoria
Mario Palacios Panez, Presidente de la CONACAMI, destacó que la Declaración de las NN.UU. sobre los derechos de los pueblos indígenas es vinculante, exigible y obligatoria porque se trata de una declaración de derechos humanos.
Tomando como base la posición jurídica sostenida por el experto Bartolomé Clavero "la Declaración Universal de los Derechos Humanos también es una declaración, y no por ello deja de tener el mayor valor jurídico", afirmó Mario Palacios.
Por otro lado la Declaración "no ha sido una declaración unilateral de los Estados sino que ha sido una resultado de una negociación entre los Estados y el movimiento indígena internacional, y esto implica un compromiso entre las partes" sostuvo Palacios.
Esta obligatoriedad está reconocida en la propia Declaración, que en su artículo 42 señala que las Naciones Unidas y los Estados "promoverán el respeto y la plena aplicación de las disposiciones de la presente Declaración y velarán por su eficacia".
Continúan los desafíos
Francesco Boeren, representante de Oxfam Internacional, expresó su satisfacción por apoyar la campaña de difusión sobre la Declaración que ha tenido repercusión en seis ciudades del interior y ahora en la capital.
Sin embargo, destacó que es necesario aún promover una mayor sensibilidad en un tercer frente que son las empresas y la población no indígena y urbana, requisito necesario para que la declaración se materialice en mayor medida.
En este sentido será muy importante el empleo de los medios de comunicación, a fin de hacer más productivo el diálogo intercultural, concluyó Boeren, quién expresó sentirse muy complacido por la calidad de las ponencias.
Culmina ciclo de Foros
Al finalizar el evento, todos los asistentes recibieron de obsequio un ejemplar de la Declaración de la ONU en versión de bolsillo, un afiche, y un disco con spots y sociodramas sobre el contenido de la misma.
El evento formó parte de una campaña de difusión de la citada declaración, con eventos similares realizados desde septiembre de 2009 en Ucayali, Satipo, Ayacucho, Cusco, Bagua y Puno.
En las distintas ciudades se difundieron discos con spots y sociodramas alusivos a la declaración en las lenguas shipibo, ashaninka, quechua cusco, quechua ayacucho y aymara.
Además de una semana de difusión de spots en Radio Capital de Lima, Servindi editará una separata especial con un resumen de las ponencias y que se distribuirá gratuitamente en diferentes eventos durante el año 2010.
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