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Se prioriza el agua para las minas antes que para la población campesina

Foto: Donofré Chuco/Servindi

Por Donofré Chuco Castro

Servindi, 20 de diciembre, 2016.- Mirtha Vásquez de la organización Grufides, denunció graves irregularidades en el uso de agua en la región Cajamarca ya que, según afirma, no hay un sistema de control y fiscalización adecuado para el manejo de los recursos hídricos.

A pesar de que la Ley de recursos hídricos establece que el agua es prioritaria para el consumo humano y las actividades de primera necesidad, en la práctica suceden una serie de situaciones que distorsionan la aplicación de la norma.

Por ejemplo, en Cajamarca, las empresas mineras que operan en la parte alta destruyen no solo manantiales sino también usan el agua para sus actividades o solicitan autorizaciones para bombeo de agua, afectando a la población campesina de la parte baja.

A pesar de los constantes reclamos de la población que vive en la zona baja la mina argumenta que cuenta con autorización para bombear hasta 500 litros por segundo.

Mirtha Vásquez sostiene que existe un vacío legal ya que no se encuentra una sanción específica a la empresa por los impactos que genera sobre el recurso hídrico y menos hay medidas para compensar los daños.

Ante esta situación, lo que le queda a la autoridad del agua es negociar con la empresa para que ésta suministre algo de agua para la parte baja, notándose claramente una "sacada de vuelta" a la Ley,

En los hechos se cumple el dicho: “primero mina, luego población campesina”, haciendo realidad una vez más la frase popular: “hecha la Ley, hecha la trampa”.

Respecto al caso, la empresa minera Yanacocha ha cedido a la población bombear 30 litros de agua por segundo para los caseríos ubicados en la parte baja, preservando como prioridad el volumen mayoritario de agua para la actividad extractiva.

La abogada de Grufides también detalló que la población de Hualgayoc no dispone de agua de calidad y depende del abastecimiento vía cisterna, convirtiéndose en un problema gravísimo que el Estado no quiere solucionar.

La abogada cajamarquina afirma que la Ley es muy clara al respecto, solo que el poder económico hace lo que quiere dejando de lado lo estipulado legalmente.

Vásquez recordó el principio 2, Principio de prioridad en el acceso al agua, contenido en la Ley de recursos hídricos N° 29338 que dice:

“El acceso al agua para la satisfacción de las necesidades primarias de la persona humana es prioritario por ser un derecho fundamental sobre cualquier uso, inclusive en épocas de escasez”.

Remarcó que la legislación es clara y tajante al reconocer el acceso al agua como un derecho fundamental para la satisfacción primaria de la persona, pero lamentablemente el cumplimiento no es justo.

La prioridad en este caso es para las empresas mineras, y se nota evidentemente que el poder económico abusa de su poder y trasgrede el estado de derecho, al imponerse sobre las necesidades humanas.

Cabe destacar que las declaraciones de Mirtha Vásquez se efectuaron en el marco de la presentación del 19° informe del Observatorio de Conflictos Mineros en el Perú, el 14 de diciembre en la ciudad de Lima.

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