- A propósito de los derrames de petróleo en la Amazonía.
Por el Instituto de Defensa Legal del Ambiente y Desarrollo Sostenible (IDLADS)
12 de agosto, 2016- El pasado 10 de agosto se produjo el cuarto derrame de petróleo del año, siendo el segundo en la Región de Amazonas, a la altura del kilómetro 365 de la Quebrada de Uchichiangos, distrito de Nieva, provincia de Condorcanqui, aproximadamente a dos horas del río Chiriaco, donde también ocurrió un hecho similar en el mes de enero.
Quienes más sufren son nuestros ríos, bosques, fauna y la población indígena compuesta por los pueblos Awajún y Wampis, que cuentan con 276 comunidades indígenas (1) y con una población de 55,366 personas aproximadamente, siendo el grupo con mayor volumen poblacional después de los Asháninkas (2).
Más allá de las responsabilidades inmediatas que atraerá esta nueva tragedia ambiental, como multas y sanciones, queremos enfocar nuestra reflexión sobre la manera de cómo generar mecanismos de prevención que contengan los graves impactos que estos derrames causan en el ambiente y la salud, y la vigilancia de actividades extractivas social y ambientalmente riesgosas al amparo del artículo 134 de la Ley General del Ambiente.
El camino pasa por vigilar los estudios ambientales de actividades extractivas que afectan a poblaciones indígenas a través de la figura del tercero interesado, siendo que estos documentos antes de ser aprobados transiten por una consulta previa, así como que permitan incorporar mecanismos de vigilancia indígena ya sea antes como después de un derrame de petróleo.
Mientras las autoridades nacionales dan paso a ello ¿qué pueden hacer las comunidades indígenas y el Gobierno Regional de Amazonas para frenar la contaminación ambiental y hacer respetar su derecho a un ambiente adecuado para el desarrollo de la vida?
La respuesta mirando las experiencias de las regiones del Cusco, Loreto y Ucayali, sería que el Gobierno Regional promueva el reconocimiento de la vigilancia ambiental e indígena basado en el derecho que tienen estos pueblos para conservar sus territorios y su jurisdicción indígena.
IDLADS y la asociación Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR) ya en el 2015 trabajaron incansablemente con el Gobierno Regional de Loreto la experiencia de las federaciones indígenas de Acodecospat, Feconaco y Fediquep que habían implementado por iniciativa propia el Programa de Vigilancia y Monitoreo de Territorios Indígenas.
Mediante dicho programa buscaban tener un papel activo en la supervisión y fiscalización de las actividades extractivas en su territorio, y proteger los derechos de sus comunidades indígenas y de sus recursos naturales que se encuentran amenazadas por la falta de un control efectivo de las actividades de exploración y explotación de hidrocarburos, de minerales y recursos forestales.
Para ello se basaron en las facultades de los pueblos indígenas que les otorga el art. 15º del Convenio sobre Pueblos Indígenas núm. 169 de la OIT y el art. 89º de la Constitución Política del Perú, dejando como legado, una propuesta de ordenanza lista para su evaluación, debate y aprobación.
La Organización Regional de los Pueblos Indígenas de la Amazonia Peruana del Norte del Perú (ORPIAN-P) y el IDLADS han reiterado al Gobierno Regional de Amazonas este 08 de agosto pasado su demanda de implementar la vigilancia ambiental indígena, con la finalidad de que los monitores indígenas puedan ser capacitados y reconocidos de forma oficial como parte de las funciones, por ejemplo que desarrolla la Dirección Regional de Producción y Agraria de la Región Amazonas, al amparo del art. 61º literal c) y g) del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del GORE Amazonas (3).
Sin embargo llama la atención que todavía existen direcciones regionales que no tienen competencias para reconocer la Vigilancia Indígena de acuerdo al ROF mencionado, como es el caso de la Dirección Regional de Energía y Minas, pero que podrían tener dicha competencia; máxime si ellos aprueban concesiones cuyas actividades afectan el medio ambiente y puedan generar contaminación ambiental.
Fotografía: IDLADS PERÚ
El IDLADS el 09 de agosto pasado visitó el despacho del Gobernador en cuestión y a la Autoridad Regional Ambiental de Amazonas ubicada en Chachapoyas, y ha dejado sentir la demanda de la principal organización indígena de la región, esperando que den su respaldo a esta importante iniciativa que pondría al citado gobierno a la vanguardia de la vigilancia ambiental del país, que resulta clave en una zona azotada por los derrames de petróleo en Chiriaco y Nieva, así como las actividades mineras ilegales como las que padece la Comunidad de Yutupis desde marzo del 2016.
En conclusión, el Equipo IDLADS PERÚ considera fundamental para la conservación del ambiente que se reconozca la vigilancia indígena de comunidades nativas de la Región Amazonas en aras de proteger sus territorios ancestrales, de actividades extractivas y de infraestructura, y exhorta al Gobierno Regional de Amazonas a promover la vigilancia ambiental indígena, tomando en cuenta que las comunidades indígenas mantienen una íntima relación espiritual con el mundo natural, que son éstos los que mejor conocen sus territorios ancestrales y pueden de manera más eficiente vigilar, proteger y conservar los bosques, ríos y recursos naturales de la región.
Notas:
(1) Base de Datos del Ministerio de Cultura
(2) Pedro Mayor y Richard Boner, “Pueblos Indígenas de la Amazonía Peruana”, año 2009 p. 165
(3) Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Amazonas, aprobado por Ordenanza Regional Nº 337-2015-GOBIERNOREGIONALAMAZONAS-CR, de fecha 30 de diciembre de 2015.
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