Abogados explican por qué TC debería declarar fundada la demanda presentada por federación indígena para que se ordene a Petroperú dar mantenimiento al oleoducto.
Servindi, 2 de marzo, 2022.- Este viernes 4 de marzo el Tribunal Constitucional revisará la demanda interpuesta por una federación indígena para que se ordene a Petroperú dar mantenimiento integral al Oleoducto Norperuano.
Dos abogados explican que la demanda debe declararse fundada porque Petroperú no ha cumplido con hacer un mantenimiento integral al oleoducto, algo que la empresa reconoció y justificó alegando razones de austeridad.
Además, porque el 40 por ciento de los derrames en el Oleoducto Norperuano se producen a consecuencia de la falta de mantenimiento que la compañía no le da a este oleoducto.
Este jueves 3 de marzo, desde las 12:00 m., se realizará un conferencia virtual para dar a conocer más detalles sobre esta demanda. Puede seguirlo por el Facebook del Instituto de Defensa Legal (IDL).
Falta de mantenimiento
Los abogados Juan Carlos Ruiz Molleda y Adán Cassia Córdova señalan que el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) ha acreditado que Petroperú no le dio mantenimiento al oleoducto en tres casos.
Son los casos de Cuninico, Morona y Chiriaco, donde se produjeron derrames y la OEFA halló responsabilidad administrativa de Petroperú, efectivamente, por no darle mantenimiento al Oleoducto Norperuano.
Petroperú, además, reconoció que no cumplió con darle mantenimiento al oleoducto, como lo ordena su Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA), debido principalmente a “limitaciones económicas impuestas por políticas de austeridad”.
Esta situación ha ocasionado el deterioro severo del oleoducto y, como consecuencia, la afectación de los derechos constitucionales de los miembros de decenas de comunidades nativas aledañas, afirman.
Extracto de la R.D. No 0844-2015/OEFA/DFAI que halla responsabilidad en Petroperú por derrame en Cuninico.
Causante de derrames
Otro motivo para que se ordene a Petroperú dar mantenimiento al oleoducto son las cifras sobre las causas de derrame en el lugar del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin).
Aunque Osinergmin señala que solo el 13.43 % de los derrames ocurrieron por falta de mantenimiento, lo cierto es que este dato no es fiable, según sostienen los abogados.
Esto se debe a que Osinergmin considera en su registro de derrames ocurridos por causas naturales a algunos que tienen su origen en la falta de mantenimiento del oleoducto.
Un ejemplo de esto son los derrames de Morona y Chiriaco, que Osinergmin considera que ocurrieron por causas naturales, pese a que el OEFA determinó que sucedieron por falta de mantenimiento.
El OEFA argumentó para estos casos y el de Cuninico que si la empresa hubiera dado mantenimiento al ducto habría detectado estas “causas naturales” y se hubiera adelantando a la tragedia.
De este argumento se desprende entonces que “los derrames por causas naturales también son por falta de mantenimiento”, afirman Ruiz Molleda y Cassia Córdova, lo cual cambia el panorama.
Según cifras del Osinergmin, el 41.79 % de los derrames ocurren por atentado de terceros, el 13.43% por corrosión, el 23.88% por causas naturales, el 1.49% por fisura y el 1.49 % por error operativo.
Entonces, si aplicamos la lógica antes mencionada y sumamos todos los porcentajes imputables a la empresa, a excepción de los derrames ocurridos por atentados de terceros, vemos que suman 40.29 %.
“Es decir, el 40.29% de los derrames ocurridos en el Oleoducto Norperuano es consecuencia en última instancia de la falta de mantenimiento”, afirman los abogados.
Por todos estos motivos, los letrados esperan que el Tribunal Constitucional declare fundada la demanda iniciada por la Federación de Pueblos Indígenas Cocamas del Marañón (Fedepum) contra Petroperú.
- Puede revisar los argumentos completos de los abogados ingresando a este enlace: https://bit.ly/3IEN3Wn
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