Por Roger Tunque
Servindi, 16 de febrero, 2016.- La Corte Constitucional de Colombia declaró inconstitucional algunas normas contenidas en el Plan Nacional de Desarrollo — Ley 1753, artículo 173: incisos primero, segundo y tercero— que permitían la explotación minera en los páramos y vulneraban el derecho a un medio ambiente sano.
El fallo emitido el 18 de enero, ocurre luego de analizar la demanda interpuesta por miembros del partido de izquierda Polo Democrático contra el Plan Nacional de Desarrollo, uno de los programas bandera del actual gobierno de Juan Manuel Santos.
Si bien la Corte ordena que se mantengan los Proyectos de Interés Nacional Estratégico (Pines), catalogados por el gobierno claves para el desarrollo económico del país, advirtió que para desarrollar megaproyectos tendrán que priorizar la consulta a las autoridades locales de las regiones.
Por ello, el permiso para la exploración y explotación minera o de hidrocarburos no solo será entregado por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), sino que también serán sometidas a decisión de las Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible (CAR).
La Corte además determinó que sea la Agencia Nacional de Minería la responsable de definir cuáles son las Áreas de Reserva Estratégica, siempre en concertación previa con las autoridades de los municipios donde van a estar ubicados, con el fin de que no se afecte su facultad de reglamentar los usos del suelo.
"Creemos que realmente es una reconquista de lo que la sociedad ya había ganado, pero que los intereses políticos y mineros nos habían arrebatado" declaró a EFE Silvia Gómez, portavoz de la organización Greenpeace de Colombia que asesoró a los congresistas demandantes.
Los que hayan sido desplazados a consecuencia del conflicto minero, podrán reclamar sus tierras si se encuentran en zona estratégica minera. Anteriormente, el Estado podía indemnizar a las personas, pero no les entregaban el terreno.
Las licencias ambientales que fueron entregados antes del 2010 en los páramos, pierden vigencia. Con ello, se bloquean 473 títulos que ya existían para la minería y ninguna empresa, así cuente con título, podrá explorar el área, ya que queda absolutamente prohibida su actividad.
El Ministerio del Ambiente y el Estado colombiano serán los encargados de hacer cumplir el fallo de la Corte inmediatamente, la cual afectará a más de 300 operaciones mineras en 25 páramos, según datos de ANLA.
Situación actual
El área total de páramos en Colombia es de 2.9 millones de hectáreas de las cuales 79 mil hectáreas están tituladas para minería y de ellos, 27 mil hectáreas están siendo explotadas.
Ecosistema colombiano
Considerados como grandes reservas de agua, los páramos andinos se ubican sobre los 3600 metros de altura y ayudan a controlar el calentamiento global.
Colombia es el país que tiene la mayor extensión de páramos a nivel mundial, y que representa un 50 por ciento del total. El páramo más grande del mundo es Sumapaz y está situado en la provincia del mismo nombre en el departamento de Cundinamarca, Colombia.
Sumapaz con una extensión de 178.000 hectáreas, constituye una de las fuentes hídricas más importantes de Colombia y es el hábitat de los osos de anteojos que están en peligro de extinción, el lobo de páramo, el cóndor y el jaguar.
A pesar de que las zonas de páramo solo ocupan un mínimo porcentaje del territorio nacional, proveen el 70 por ciento de agua dulce y es donde se producen los procesos de almacenamiento y regulación hídrica para dar origen a los principales ríos de Colombia.
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