Por Bartolomé Clavero*
14 octubre, 2009.- A finales de enero de este año 2009, el actual Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos y libertades fundamentales de los indígenas, James Anaya, rindió una visita a Charco La Pava y otras comunidades indígenas del pueblo Ngöbe en el distrito de Changuinola, provincia de Bocas del Toro, Panamá, para evaluar la situación de grave conflicto frente a la construcción de una represa que inundará sus tierras.
El Relator sugería en su informe que las obras se suspendieran a fin de crear las condiciones para la consulta con garantías a las comunidades. Otras instancias internacionales han intervenido en el mismo sentido. Entre la empresa constructora -la multinacional AES- y el Gobierno de Panamá han burlado la actuación internacional.
En su respuesta al informe del Relator Especial, el Gobierno panameño pretendía que la consulta ya se había realizado, mediante las formas constitucionales de participación, y que plantearla con las comunidades indígenas afectadas resultaría discriminatorio frente al resto de la ciudadanía, carente de equidad (y) violatorio del ordenamiento jurídico vigente. Con todo esto, comunicaba el Gobierno, acceder la solicitud de suspensión resulta improcedente.
Panamá no ha ratificado el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes que obliga a tal consulta específica, pero es parte del sistema interamericano de derechos humanos cuya jurisprudencia ha sentado que la obligación existe en todo caso, pues se deriva del derecho indígena a la tierra, y es también mimebro de Naciones Unidas cuya Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas requiere el consentimiento libre, previo e informado de parte indígena. Las comunidades afectadas por las obras de AES no habían sido ni siquiera consultadas.
El Gobierno también pretendía, en su misma respuesta al Relator Especial, que las comunidades estaban siendo consultadas por la empresa y que en la mayoría de ellas se había llegado a acuerdos voluntarios y bilaterales, con esta redundante adjetivación, para el reasentamiento, con ese sustantivo que disimulase la expropiación y expulsión sin garantías algunas de procedimiento. El dato incluso se cuantificaba: aquellas personas que han manifestado algún descontento constituyen mucho menos del 30%; más del setenta por ciento (74%) de la población total de las áreas impactadas han acordado reasentarse de manera libre, previa e informada.
El Gobierno endosa a la empresa la obligación de elaborar un plan completo y participativo de reasentamiento. Sobre este abandono de responsabilidades y con el argumento de que el Estado no tiene el deber de consultar por no haber ratificado el Convenio 169, el Gobierno se proclama representante del interés público y social y del desarrollo nacional dejando a las comunidades afectadas a merced de la multinacional AES.
A instancias de las comunidades, el caso también ha venido ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Tras dicho diálogo frustrado entre el Relator Especial y el Gobierno panameño, a mediados del mes de junio, la Comisión otorga medidas cautelares, hasta tanto los órganos del sistema Interamericano de Derechos Humanos adopten una decisión definitiva. Así, con el fin de evitar daños irreparables al derecho de propiedad y la seguridad del pueblo indígena Ngöbe asentado en la provincia de Bocas del Toro, se dispone la suspensión de las obras. He aquí entonces un mandato internacional, ya no sólo una recomendación. De nada vale. El Gobierno de Panamá se reafirma en su posición rechazando las medidas ordenadas por la Comisión Interamericana. El asunto pende por tanto de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Mientras tanto, AES no anda ociosa. No solo acelera las obras acentuando la presión sobre las comunidades, sino que, para vaciar el caso ante la jurisdicción interamericana, busca alguna forma de arreglo sin suspensión de la construcción ni pausa en el acoso. Nadie se ha creído, ni siquiera el Gobierno, que contase con un 74 % ni con tanto por ciento significativo ninguno de apoyo entre indígenas. Ahora, el día 12 de octubre exactamente, AES Panamá anuncia a bombo y platillo que se ha llegado a un arreglo. Presenta un documento fechado el 8 de octubre donde se da fe de unos acuerdos de procedimiento entre el Estado de Panamá, la empresa AES Changuinola, S.A. y Comunidades de Charco La Pava, Valle del Rey y Changuinola Arriba por medio de sus representantes y dirigentes. El documento narra negociaciones habidas a varias bandas desde finales de julio con el resultado que se recoge en una última cláusula.
Las Comunidades, el Estado y la empresa -se nos comunica- han acordado suscribir convenios de compromiso en la (sic) que el Estado, como garante de los derechos humanos de los pueblos indígenas, velará por el cumplimiento y la implementación de los acuerdos definitivos a los que llegue con la empresa y la comunidad en materia de uso de tierras, asistencia y reubicación. Las partes por ese medio ponen a un lado sus diferencias, garantizando la construcción del proyecto de infraestructura que es vital para el desarrollo del país.
Hay cosas desde luego sorprendentes en este documento, no sólo la de que la única garantía que expresamente se consigna es a favor de la empresa pues se asegura la construcción del proyecto. Las expectativas indígenas quedan ahora indefinidas en una tierra de nadie entre Estado parcial y empresa ventajista. Es ésta la que distribuye el documento. Sorprendente resulta que, pese a lo que se anuncia en el protocolo, nadie lo suscriba por parte del Estado. Y aunque se haya también anunciado que intervienen las comunidades mediante sus representantes y dirigentes, ninguna firma indígena, frente a lo que es costumbre bien arraigada, lleva aclarafirma especificando la condición con la que se actúa. No hay constancia de representación ninguna de parte indígena. La única reconocible es la de una rúbrica por AES Changuinola.
La sección de Comunicación y Asuntos Corporativos de AES Panamá no sólo procede, el 12 de octubre para mayor escarnio, a la distribución del documento, sino también a la propagación de informaciones sobre participación oficial que no se confirma por sus firmas, así como a la ilustración con una galería de fotos del acto de la suscripción en la comunidad Charco La Pava. En ellas, la única cara feliz es la del representante de la empresa. Los rostros indígenas reflejan recelo y tristeza. En las fotos la única representación reconocible es también tan sólo, por el logo de la gorra, la empresarial.
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*Bartolomé Clavero es miembro del Foro Permanente de las Naciones Unidas para las Cuestiones Indígenas.
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Fuente: Burica.wordpress.com
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